domingo, 4 de mayo de 2014

Valores Santander

Valores Santander

Es otro de los productos financieros que están dando que hablar junto con las subordinadas de Eroski y de Fagor.
Los Valores Santander son un producto financiero que venció  el 4 de octubre de 2012. Es una obligación convertible en acciones del Banco Santander.
Como dicen en la Web de estos abogados especialistas en el derecho Bancario sobre los Valores Santander:
"Valores Santander, los podemos clasifican dentro de los llamados productos híbridos porque combinan características propias de los títulos de renta fija y de los derivados sobre acciones, lo que dificulta su valoración.

Es básicamente un bono corporativo que puede ser convertido por el titular en un número determinado de acciones del emisor de la Obligación Convertible.

En el momento de ser emitidos, se comportan exactamente igual que los bonos tradicionales en los que el titular recibe unos pagos periódicos (cupones) conocidos con antelación. La particularidad de los convertibles es que, bajo determinadas circunstancias especificadas en el contrato, tanto el emisor como el titular tienen el derecho de cancelar dicho contrato con la contrapartida.

Luego en otro post cuentan que les ha pasado con los afectados.
Afectados por los “Valores Santander”: Sanción ejemplar de la CNMV.

Con fecha de 17 de febrero de 2014 La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha impuesto al Banco Santander dos multas por infracciones grave y muy grave que suman 16,9 millones de euros, publicado en el boletín Oficial del Estado (BOE), por la inadecuada comercialización de la emisión “Valores Santander”.

La primera de ellas asciende a 10 millones de euros por la comisión de una infracción grave al no disponer de la información necesaria sobre sus clientes en el proceso de suscripción de la emisión “Valores Santander”. La segunda, de 6,9 millones de euros, es falta muy grave en relación con el incumplimiento de algunas de las obligaciones que regulan la relación entre el banco y su clientela respecto del mismo producto. Esta segunda sanción se puede imponer, por no ofrecer una asesoría “imparcial y no engañosa”."
Si tenéis algún problema de este tipo con valores, deuda subordinada u otros productos bancarios podéis consultar con esto abogados de Asturias que seguro que encuentran alguna forma de ayudarte. Consulta con ellos.

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